El 13 de diciembre de 1999 aparece la Ley Orgánica 15/1999 “Normas
reguladoras de Protección de Datos de Carácter Personal”, denominada LOPD,
la cual sustituye a la LORTAD.
Esta ley, impone a las organizaciones la adopción de una serie de medidas
muy estrictas en los ámbitos organizativo, legal y técnico de obligado
cumplimiento.
La LOPD, contempla tres tipos diferentes de ficheros:
- Ficheros de nivel básico: ficheros con datos personales como
nombre, dirección, teléfono, correo electrónico, NIF, etc.
- Ficheros de nivel medio: ficheros con datos de hacienda pública,
infracciones administrativas o penales, curriculums, cuestionarios de
evaluación del personal, prestación de servicios de información sobre
solvencia patrimonial y crédito, etc.
- Ficheros de nivel alto: datos de salud, datos policiales y datos
especialmente protegidos (ideología, afiliación sindical, religión,
creencias, origen racial o étnico, vida sexual).
SERVICIOS RELACIONADOS CON LA PROTECCIÓN DE DATOS.
Consultoría de adaptación a la normativa:
- Análisis y clasificación de ficheros con carácter personal.
- Análisis del grado de cumplimiento de la normativa para cada
fichero.
- Colaboración en la elaboración del Documento de seguridad y
documentación relacionada, y en las medidas a adoptar por la
organización.
- Seguimiento de la implantación de las medidas adoptadas.
- Gestiones necesarias en el Registro General de Protección de Datos.
- Auditoria del grado de cumplimiento de la normativa.
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